
El Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Trabajo, en sesión celebrada el lunes (24), estableció tesis jurídicas sobre asuntos nuevos, en un procedimiento de reafirmación de su jurisprudencia. Se trata de asuntos que, por haber sido ya resueltos, han sido sometidos al procedimiento de repetición de recursos para la definición de una tesis jurídica vinculante.
El establecimiento de precedentes cualificados tiene un impacto directo en el progreso de los casos laborales, porque una vez definida la tesis jurídica, ya no existe la posibilidad de interponer un Recurso Interlocutorio en Revisión (AIRR) ante el TST sobre la cuestión abordada en el incidente. En estos casos, la parte sólo podrá interponer un recurso ante el TST responsable de la decisión (tema ya tratado en un artículo anterior).
En la misma sesión, se aprobó una lista de temas que se enviarán al Pleno del TST para la apertura de incidentes de recursos repetitivos. En estos casos, existe desacuerdo entre las salas y la SDI-1 (Subsección 1 Especializada en Conflictos Individuales del TST), que será resuelto por el Pleno del Tribunal.
El sistema de reafirmación de la jurisprudencia pretende crear precedentes cualificados y vinculantes que, además de reforzar la seguridad jurídica, la igualdad y la eficacia, optimicen los esfuerzos de los tribunales.
Para el presidente del TST, el ministro Aloysio Corrêa da Veiga, las sentencias pretenden promover la estabilidad, la coherencia y la seguridad jurídica en los Tribunales de Trabajo, evitando litigios innecesarios y garantizando la aplicación uniforme de la ley en asuntos ya resueltos. Según el Presidente del Tribunal Supremo, el sistema se justifica por un “pragmatismo consciente” ante un volumen masivo de casos.
La jurisprudencia se ha reafirmado en cuestiones como:
- Multa en virtud del artículo 477, párrafo 8, del CLT.
La sanción se debe en caso de que el despido por justa causa sea revocado en los tribunales. - Testigo.
Demanda interpuesta contra el mismo empresario con reclamaciones idénticas. Ninguna sospecha. - Horario de trabajo.
Imposibilidad de controlar el horario de trabajo externo. Carga de la prueba del empresario. - Cantidades pagadas de más al albacea.
Devolución en el procedimiento de ejecución. Imposible. - Embargo de los ingresos del deudor para pagar créditos laborales.
Validez. - Daños materiales.
Pensión mensual. Incapacidad para el trabajo. Causa. Cuantía arbitrada. - Accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Indemnización por daños materiales (art. 950 del Código Civil). Pago en un solo plazo. A discreción del magistrado. - Empleados de banca.
Participación en beneficios (PLR). Convenio colectivo. Base de cálculo. Inclusión de horas extraordinarias. Imposibilidad. Importe variable. - Plus de peligrosidad.
Zona de repostaje de aeronaves. - Prima por condiciones de trabajo insalubres.
Ambiente artificialmente frío. Intervalo de recuperación térmica no concedido. Paga adicional debida. - Externalización.
Prestación de servicios a una pluralidad de prestadores de servicios. Circunstancia que no excluye la responsabilidad subsidiaria. - Cartero.
Agresión. Daño moral. Actividad de riesgo. Responsabilidad objetiva del empresario. Artículo 927, párrafo único, del Código Civil brasileño. - Plus de peligrosidad.
Empleado que vigila el repostaje de un vehículo por un tercero. Prima indebida. - Despido indirecto.
Incumplimiento de la pausa intradía y falta de pago de las horas extraordinarias. - Tesoreros.
Caixa Econômica Federal. Posición de confianza. No configurado. - Plus de peligrosidad.
Repostaje de carretillas elevadoras. Cambio de una bombona de gas GLP. Habitualidad. Exposición intermitente. - Limbo de la Seguridad Social.
Daño moral in re ipsa. Configuración. Indemnización debida.
Las siguientes cuestiones también serán normalizadas por el TST:
- Procedimiento de juicio sumario.
Limitación del juicio a las cantidades indicadas en la declaración inicial. - Plus de peligrosidad.
Uso de la moto en el trabajo. Artículo 193, apartado 4, del CLT. Reglamentación. Orden 1.565/2014 del Ministerio de Trabajo y Empleo. - Empleados de petroleros.
Sistema de relevo, en los términos de la Ley 5.811/1972. Pausa entre jornadas. Aplicabilidad del artículo 66 del CLT a la categoría. Disposición en convenio colectivo. Materia abarcada por el IRDR nº 5 de la TRT de la 20ª Región. - Indemnización por daños morales.
Retraso reiterado en el pago de salarios. - Ejecución.
Acuerdo aprobado por el tribunal. Cláusula penal. Retraso insignificante en el pago de una obligación establecida en el convenio. Exclusión de la pena. Imposibilidad. Res judicata. Incumplimiento. Reducción equitativa de la pena. Posibilidad. Principios de proporcionalidad y razonabilidad. - Plus de peligrosidad.
Gas inflamable. Tuberías. MTE NR-16. Ecualización. - Acción colectiva.
Determinación de la individualización de la liquidación y ejecución de sentencia. - Acción colectiva.
Ejecución individual. Plazo de prescripción. - Daño moral.
Indemnización. Barrera sanitaria. Cambio de uniforme. Circulación en ropa interior. - Banco Santander.
Gratificación especial pagada a discreción del empresario. Falta de criterios objetivos. Principio de igualdad. - Confesión.
Ausencia de la parte en la vista. Citación de abogado(s). - Conductor de camión.
Remuneración por comisiones sobre la carga transportada. Cálculo de las horas extraordinarias. Precedente TST nº 340. - Rechazo del testimonio personal.
La discrecionalidad del magistrado. Limitación de la defensa. - Prescripción.
Declaración de oficio. Imposible. - Horario de trabajo mixto.
Se aplica el Precedente 60, II, del TST. Plus de nocturnidad. Se acepta. - Bonificación por traslado.
Provisionalidad. Criterio temporal. Insuficiencia. - Justicia gratuita.
Sindicato. Sustitutivo procesal. Prueba de penuria económica. Necesaria. TST Precedente 463, II. - Empleado contratado en Brasil para trabajar en un crucero internacional.
Legislación aplicable. - “Prestación Social Familiar”.
Patrocinio mediante pago obligatorio. Disposición en convenio colectivo. Vigencia. Objeto del IRDR nº 24 de la TRT de la 18ª Región. - Entidad privada.
Intereses y corrección monetaria. Momento de la determinación. ADC nº 58 y nº 59. Sentencia dictada en fase de conocimiento que pospone la definición de los criterios de actualización de los créditos laborales a la fase de ejecución. - Despido por justa causa.
Vacaciones proporcionales. Sueldo decimotercero proporcional. Incidencia del TST Precedente nº 171. Cantidades indebidas. - Plus de peligrosidad.
Trabajo de vigilante. Ley nº 12.740/2012. Artículo 193, II, de la CLT. Ordenanza nº 1.885/2013 del Ministerio de Trabajo y Empleo. - Ascensos por antigüedad.
Suficiencia del requisito objetivo del tiempo. No sujeto a otros requisitos subjetivos. - Ejercicio efectivo de la actividad docente.
Incumplimiento de los requisitos formales del artículo 317 del CLT. Clasificación como docente debida. - Desconocimiento de la personalidad jurídica.
Falta de iniciación de un incidente. Limitación de la defensa. Nulidad de actos de constricción patrimonial. - COVID-19 pandemia.
Compromiso de no dimisión. Rescisión unilateral del contrato de trabajo tras la expiración del período de compromiso. Discusión sobre la nulidad del despido. - Empresa Brasileira de Correios e Telégrafos – ECT.
Plus de vacaciones sobre el subsidio en metálico. Cambio en el método de cálculo. Circular nº 2.316/2016 – GPAR/CEGEP. Contrato de trabajo. Repercusión. - Caja de Ahorros Federal (CEF).
Bonificación por ruptura de caja. Percepción simultánea con cargo de confianza. Imposibilidad. Prohibición normativa. Objeto del IRDR nº 16 del TRT de la 1ª Región. - Cotización empresarial a la Seguridad Social.
Régimen de Exención de la Seguridad Social. Ley 12.546/2011. Aplicación a las resoluciones condenatorias u homologatorias dictadas por los Juzgados de lo Social. - Banco Santander.
Gratificación especial pagada a discreción del empresario. Falta de criterios objetivos. Principio de igualdad. - Beneficios adicionales para la salud.
Recogida de basuras en un condominio residencial. - Licitud del control del empresario sobre el uso del aseo durante la jornada laboral.
Configuración del daño moral in re ipsa al trabajador.
Los temas anteriores se tratarán en nuevos artículos del equipo laboral de CPDMA.
Derecho Laboral | Equipo CPDMA