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Thomas Dulac Müller (CPDMA) comenta en Valor Econômico la nueva ley sobre deudor contumaz y concurso de acreedores

Thomas Dulac Müller (CPDMA) comenta en Valor Econômico la nueva ley sobre deudor contumaz y concurso de acreedores.
Una nueva norma dirigida a combatir al denominado deudor contumaz vuelve a poner de relieve un aspecto delicado del entorno empresarial: cómo diferenciar el incumplimiento derivado de una crisis real, a menudo temporal, de conductas reiteradas y estructuradas de impago. El tema es sensible porque puede producir efectos relevantes al restringir el acceso al concurso de acreedores y limitar las posibilidades de negociación de deudas tributarias con la Hacienda Pública para los contribuyentes encuadrados en esta condición.

Según el reportaje publicado en Valor Econômico, la Receita Federal sostiene que la norma no se aplicará de forma indiscriminada. De acuerdo con el organismo, la calificación se dirige a un grupo excepcional de contribuyentes: de los 20 millones de CNPJs, serían el equivalente al 0,05%. En la lógica expuesta, no se trata del “deudor común”, sino de situaciones en las que existiría una estructuración deliberada para no pagar tributos.

El reportaje también recoge la caracterización defendida por la Receita: la ley estaría dirigida a “aquellos que crean empresas para no pagar tributos”, práctica que, a juicio de la Administración tributaria, distorsiona el mercado y afecta a la libre competencia. El texto menciona igualmente recientes operaciones de lucha contra el blanqueo de capitales, en el marco del esfuerzo de fiscalización.

Cuándo empieza la norma a producir efectos en la práctica

Según Valor Econômico, la Receita Federal tiene previsto reglamentar la norma antes de marzo. A partir de entonces, el organismo deberá comenzar a notificar a las empresas que puedan ser calificadas como deudoras contumaces. El reportaje señala que será posible impugnar la notificación en un plazo de hasta 30 días y recurrir en vía administrativa. Finalmente, la lista definitiva será de carácter público.

Este calendario es relevante porque, en la práctica, la efectividad del nuevo régimen dependerá de cómo se detallen y apliquen los criterios en el procedimiento administrativo. En un escenario de reestructuración, especialmente cuando existe negociación de pasivos relevantes, la previsibilidad y la claridad normativa son factores decisivos para orientar las decisiones y reducir las incertidumbres.

El punto de atención: criterios de caracterización y seguridad jurídica

Es en este aspecto donde la seguridad jurídica adquiere protagonismo: la línea que separa una situación de dificultad financiera de una conducta contumaz puede ser muy fina, y dicha calificación puede tener consecuencias concretas para la estrategia de reorganización empresarial.

Según recoge el reportaje, Thomas Dulac Müller fue consultado sobre el tema y subrayó el cuidado necesario en la definición de los parámetros:

“Las condiciones para la caracterización de deudor contumaz son razonablemente fáciles de alcanzar”, afirma Thomas Dulac Müller, socio de Cesar Peres Dulac Müller Advogados

La reflexión aquí no pretende relativizar la lucha contra los abusos, sino garantizar que la norma cumpla su objetivo sin extender indebidamente el alcance del concepto a situaciones de oscilación económica, reestructuración legítima o crisis coyuntural – especialmente en un país en el que la recuperación judicial puede funcionar como instrumento de preservación de la actividad y de recomposición de la previsibilidad para acreedores, trabajadores y el propio Estado.

Por qué esto importa para las empresas y para el mercado

En operaciones de crédito, renegociaciones y reorganizaciones, la previsibilidad es un activo central. Cuando el marco normativo modifica los criterios y las consecuencias vinculados al pasivo fiscal, ello puede repercutir

  • En la evaluación de riesgos por parte de acreedores e inversores;
  • En la estrategia de negociación tributaria y en la conducción de litigios;
  • En el diseño de las reestructuraciones y en la elección de los instrumentos disponibles;
  • En la gobernanza y en los controles internos relacionados con el cumplimiento fiscal.

Por ello, aunque el foco esté en los denominados deudores contumaces, el tema también interesa a las empresas que buscan reducir su exposición al riesgo regulatorio y reputacional.

Medidas preventivas y gobernanza: puntos a observar

Sin perjuicio de la futura reglamentación y de la evolución interpretativa, es recomendable revisar algunos aspectos básicos de prevención y gestión del riesgo:

  • Mapear los pasivos tributarios y el historial de incumplimientos;
  • Documentar la racionalidad económica y las medidas de reorganización financiera;
  • Reforzar las rutinas de cumplimiento y los controles internos;
  • Evaluar los posibles impactos en los planes de reestructuración existentes.

El debate sobre el deudor contumaz tiende a mantenerse en el centro de la discusión jurídico‑empresarial. Hacer un seguimiento de su aplicación práctica será esencial para reducir las incertidumbres y orientar las decisiones estratégicas con mayor seguridad.

Derecho Fiscal | Equipo CPDMA